Thursday, September 10, 2015

Combate a Delitos de "Cuello Blanco"


Por Anibal Ibarra - El Departamento de Justicia estadounidense (DOJ) ha emitido nuevas directivas para combatir los crímenes de “cuello blanco” y las compañías podrían empezar a temblar, sobretodo aquellas empresas que se consideran por encima de la ley o con “padrinos” políticos. El arma judicial del gobierno no esperará que se cometan los abusos financieros, ni ofrecerá inmunidad a ciegas, conforme a las nuevas directrices. Se recurrirá al máximo peso de la ley para ir contra estafadores y ladrones de la fe pública y privada, aseguran oficiales de Justicia.


A continuación el discurso emitido por Sally Quillian Yates, alta funcionaria de la Procuraduría General del Estado:

“El primer cambio se refiere a uno de esos factores de Filip. Efectivo inmediatamente, hemos revisado nuestra orientación política para exigir que si una empresa quiere cualquier crédito por cooperar, cualquier crédito en absoluto, debe identificar a todas las personas involucradas en una infración, independientemente de su posición, estado o antigüedad en la empresa y proporcionar todos los datos acerca de su mala conducta. Es todo o nada. No más escogiendo y eligiendo lo que es revelado. No más crédito parcial por cooperación, que no incluye información sobre los individuos involucrados.

Ahora, para el hombre promedio en la calle, esto puede no parecer gran cosa. Pero los actores en el área de ‘cuello blanco’ reconocen como un cambio sustancial de nuestra práctica previa. Durante mucho tiempo hemos enfatizado la importancia de identificar individuos culpables, hasta ahora, empresas podrían cooperar con el gobierno al revelar voluntariamente incorrectas prácticas corporativas, pero sin identificar a los involucrados en las irregularidades y lo que exactamente se hizo. Mientras que las empresas no tienen derecho a crédito completo para la cooperación, todavía podrían conseguir crédito por lo que hacen y ese crédito puede ser suficiente para evitar la acusación.

Las reglas han cambiado. Desde hoy si una empresa quiere tener en cuenta su cooperación, debe denunciar a los individuos, sin importar dónde ellos se sientan dentro de la empresa. Y no vamos a dejar que las corporaciones aleguen ignorancia. Si no saben quién es el responsable, necesitan saber. Si quieren cualquier crédito de cooperación, necesitan investigar las partes responsables, y proporcionar todas las pruebas sin privilegios que comprometen a los individuos.

Mientras que esto es nuevo para el mundo corporativo, no hay nada radical sobre el concepto. Es la misma regla que se aplica a los cooperadores en cualquier otro tipo de investigación criminal. Un traficante de drogas puede decidir de un tirón contra sus co-conspiradores. Ofrecen al gobierno el alcance completo del plan criminal. Puede tomar el apoyo del gobierno y testificar en contra de comerciantes callejeros por docena. Pero si tiene información sobre el capo del cártel y se niega a compartir, se anula su acuerdo de cooperación y sirve su sentencia completa. Lo mismo vale aquí. Una corporación no debe recibir ningún trato especial como cooperante simplemente porque los crímenes ocurrieron detrás de un escritorio.

Esta posición se basa en la enorme labor avanzada por Leslie Caldwell, nuestro asistente de Procurador General de la División Penal, puesto que ella volvió al Departamento de Justicia el año pasado. Leslie y la Sala Penal han ido demostrando que la cooperación empresarial puede y debe centrarse en la responsabilidad individual, y nuestra nueva dirección política ahora hace claro eso como el cristal.

Este requisito de umbral de la completa cooperación en cuanto a los individuos no sólo rige las investigaciones penales, pero se aplica a investigaciones civiles también. Se espera que las empresas ofrescan el mismo tipo de información sobre individuos si quieren cualquier consideración en el lado civil, incluyendo cómo es cargado o resuelto un caso y si traemos acción contra una matriz o de su filial. Asimismo, será la posición del Departamento avanzar para calificar por la provisión de daños reducidos bajo la ley de reclamos falsos, la empresa debe identificar cualquier persona culpable y proporcionar todos los hechos materiales sobre los individuos.

Este nuevo requisito de cooperación no significa que DOJ va a sentarse y esperar a que la empresa entregue la información sobre los malhechores y luego simplemente aceptar lo que las empresas proporcionan. Por el contrario, abogados del Departamento estarán activamente investigando a personas en cada paso del proceso, antes, durante y después de cualquier cooperación corporativa. Abogados del Departamento van a estar probando vigorosamente información proporcionada por las empresas y comparar los resultados de nuestra propia investigación para asegurar que es de hecho completa y que no busca minimizar el papel de una persona o grupo de individuos.

Partiendo de este punto, una empresa no debe asumir que su colaboración termina tan pronto como se instala su caso con el gobierno. Súplica corporativa acuerdos y establecimiento de acuerdos incluirá una disposición que exige a las empresas a que sigan proporcionando información al gobierno sobre cualquier individuo implicado en el delito. La falta de una empresa en seguir cooperando contra individuos será considerada una violación material del acuerdo y motivo de revocación o sanciones estipuladas.

Y una nota final sobre este punto. El propósito de esta política es mejor identificar a individuos responsables, no a las empresas de carga con investigaciones internas más caras o más de lo necesario. No estamos pidiendo a las empresas a "hervir el océano" para hablar y embarcarse en una investigación de varios millones de dólares cada vez que aprenden sobre mala conducta. Esperamos que investigaciones cuidadosas a la medida del alcance de la maldad. 

Como parte de este cambio de política más amplia, no sólo estamos cambiando lo que esperamos de las empresas; también estamos cambiando lo que esperamos de nosotros mismos. La segunda política que quiero discutir consiste en cómo iniciar y desarrollar las investigaciones corporativas. Una de las cosas que hemos aprendido por experiencia es que es muy difícil construir un caso contra las personas, civiles o penales, a menos que nos centramos en individuos desde el principio.

Por ejemplo, si una investigación se inicia como una investigación civil sobre la empresa y se llevan a cabo entrevistas y documentos que se lograron con un enfoque de responsabilidad corporativa, a menudo es un reto para nuestros abogados para luego volver a la conclusión de la materia civil y construir un caso penal contra las personas. Esto es particularmente cierto no sólo por el puro paso del tiempo, pero también mucho más exigente que lo que fue necesaria porque la responsabilidad penal individual depende a menudo demostrar un nivel de intención criminal en el caso civil.

Para solucionar este problema, el Departamento instruyó a sus abogados que, en el futuro, se centren en los individuos desde el inicio de una investigación, independientemente de si se inicia la investigación civil o penalmente. Además, una vez que un caso está en marcha, la investigación sobre la conducta individual puede y debe proceder paralelamente a la investigación corporativa más amplia. Ya no bastará con retrasos en el caso corporativo como una razón para alargar la persecución de los individuos implicados.

La tercera política concuerda con el segundo. La mejor manera de asegurarse que los fiscales penales no vuelvan atrás y creen un nuevo caso después de que los abogados civiles terminen sus consultas – o viceversa – es asegurarse de que todos hablen entre sí desde el principio. Y así dirigimos nuestros abogados civiles y penales a colaborar en toda la extensión permitida por ley en cada etapa de la investigación.

El Departamento de Justicia tiene acceso a una amplia gama de recursos de aplicación – de penas civiles a largas penas de prisión – y la única manera de aprovechar nuestra plena autoridad es garantizar la comunicación temprana y regular. Para asegurarse de que nada se deslice a través de las grietas, estamos formalizando estas líneas de comunicación. En adelante, independientemente de si un caso empresarial comienza como una investigación civil o penal, los abogados del DOJ inicialmente quienes manejen el asunto serán responsables de notificar al "otro lado de la casa“ sobre la investigación. 

Como el caso proceda, abogados civiles y penales estarán en contacto regular. Si los fiscales deciden no traer cargos criminales contra individuos, deben notificar a su contraparte civil, que puede hacer una evaluación independiente de la responsabilidad civil. Y si los abogados civiles identifican a las personas durante su investigación que debería ser objeto de una investigación penal, se espera que prontamente pasen el asunto a los fiscales penales, independientemente de la situación actual de la investigación corporativa civil.

Las políticas cuarta y quinta se refieren a cómo resolver los casos. Como he mencionado anteriormente, demoras en las investigaciones corporativas no deben retrasar nuestra capacidad o la voluntad para resolver casos relacionados contra las personas. En la mayoría de los casos, esto significará que resolver casos con individuos antes o al mismo tiempo que resolvemos el asunto contra la Corporación.

Si, sin embargo, abogados DOJ deciden que es necesario resolver primero el caso corporativo, sólo se permite hacerlo una vez que han demostrado un plan claro a sus supervisores para resolver con prontitud los casos individuales relacionados – y antes de que el estatuto de limitaciones expire. Si en la conclusión de la investigación los abogados DOJ deciden no presentar cargos contra las personas, se espera para conmemorar su justificación y luego obtener la aprobación del Procurador o el subprocurador General supervisar la investigación.

Asimismo, estamos instruyendo a nuestros abogados a que no deben liberar a individuos de la responsabilidad civil o penal al resolver un asunto con la Corporación, excepto bajo las más raras circunstancias. Cuando se presentan tales circunstancias, los abogados litigantes deberán obtener autorización por escrito del correspondiente Procurador o subprocurador General. Supervisaremos estos procesos de autorización, en ninguna parte pequeña por lo que más fácilmente podemos identificar cualesquiera tendencias limitan nuestra capacidad para perseguir los casos individuales.

Sexta y última, nos estamos ampliando el foco de nuestra estrategia de aplicación civil. Por lo general, cuando un fiscal penal decide si a una persona, él o ella consulte con principios del Departamento de Fiscalía Federal, que establece diversas consideraciones, incluyendo la naturaleza y gravedad de la infracción y el impacto del delito sobre sus víctimas.

Mientras que algunos de nuestros litigantes civiles rutinariamente han perseguido a personas, otros no, principalmente porque se han centrado en la posibilidad de recuperación financiera de sus objetivos de investigación. Esto era una práctica comprensible, dado que las sanciones monetarias son la forma más común de alivio en el caso civil, pero naturalmente priorizar investigaciones corporativas a gran escala sobre acciones civiles contra los individuos que perpetraron el delito.

Sin embargo, hay un valor real, en llevar casos civiles contra las personas que participan en la conducta corporativa, incluso si ese valor no puede medirse siempre en dólares y centavos. Acciones civiles, como penales, hacer a malhechores responsables de sus acciones y disuadir infracciones futuras. Mientras no seamos capaces de satisfacer la sentencia entera con recursos de un individuo, que si ese individuo es responsable, podemos tomar lo que tienen y que no beneficien de sus fechorías.

Estos juicios civiles individuales también pasarán a formar parte del curriculum corporativo de malhechores que seguirán a lo largo de sus carreras. Y para individuos responsables, podemos cambiar la cultura corporativa para reconocer adecuadamente los costos totales del infractor, en lugar de tratar la responsabilidad como un costo de hacer negocios – un cambio protegerá los recursos públicos en el largo plazo.

Más allá de eso, nuestros abogados civiles reconocen que tienen la obligación de proteger no solo las arcas públicas, sino también al público mismo. Así, en perspectiva de futuro, se deberán perseguir acciones civiles contra malhechores corporativos incluso si los infractores no tienen los recursos financieros para satisfacer un juicio significativo de dinero. Y a factores similares a los considerados por nuestros fiscales penales, tales como mala conducta del individuo, más allá de la historia y las circunstancias relativas esa mala práctica, en decidir si debe entablar juicio. Los recursos financieros de un individuo serán solamente considerados en la evaluación, antes que sean un factor determinante.”

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